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Puntos clave de la Ley de Inversión Social -Reforma Tributaria

Open Legal

Con la Ley 2155 de 2021, el Congreso de la República aprueba la reforma tributaria que se promovió por parte del Gobierno Nacional.

Los principales puntos que se incluyen o modifican en la reforma son los siguientes:


1. Tarifa del impuesto sobre la renta


La tarifa general del impuesto sobre la renta que será aplicable a las personas jurídicas a partir del año 2022 es del 35%. Esto implica un incremento de 5 puntos porcentuales frente a la tarifa prevista antes de la reforma para el año 2022 (30%).


2. Sobretasa a las instituciones financieras


Para las instituciones financieras se establece una sobretasa de renta del 3%, lo que implica que la tarifa para este sector queda en un 38% hasta el año 2025, con un anticipo del 100% del valor de la sobretasa.


3. Descuento del impuesto de industria y comercio (ICA) en el impuesto sobre la renta


El descuento en renta del ICA, previsto para aumentar al 100% en 2022, seguirá siendo del 50% de este impuesto. Esto implica que se disminuye el valor del ICA que se puede recuperar como descuento en el impuesto sobre la renta.


4. Impuesto sobre las ventas – IVA


Se establecieron tres días sin IVA durante el año, en donde se podrán realizar ventas de manera presencial y/o virtual, para lo cual se deberá expedir factura electrónica. Adicionalmente los pagos podrán efectuarse en efectivo.


Además se extendieron hasta el 31 de diciembre de 2022 los beneficios de exención en IVA para servicios de hotelería y turismo y, la exención de la sobretasa especial al turismo.


5. Normalización tributaria


Se crea nuevamente para el año 2022, el impuesto de normalización tributaria, que aplica a los contribuyentes que tengan activos omitidos o pasivos inexistentes. Este impuesto tendrá una tarifa del 17%, una fecha límite de declaración y pago hasta el 28 de febrero de 2022, y un anticipo del 50% que se deberá pagar en 2021.


6. Régimen Simple


Se incrementó el límite de ingresos brutos como condición para ser sujeto pasivo y acceder al régimen SIMPLE de tributación, pasando de 80.000 UVT anuales a 100.000 UVT ($3.630.800.000 para 2021) y, se amplió la fecha para acogerse al régimen, hasta el último día hábil del mes de febrero del año gravable. Esto implica que se amplía el número de contribuyentes que se pueden acoger al régimen SIMPLE.


7. Beneficio de auditoría


Para los años 2022 y 2023, se podrá reducir el término de firmeza de la declaración del impuesto sobre la renta a 6 o 12 meses, según el caso, siempre que el contribuyente incremente el impuesto neto de renta en un porcentaje mínimo del 35% o 25%, respectivamente, en relación con el impuesto neto de renta del año inmediatamente anterior.


8. Exención de renta para empresas de la economía naranja


Se extendió el plazo para aplicar a este beneficio hasta el 30 de junio de 2022. Para las nuevas empresas que accedan al beneficio, se redujo la vigencia de la renta exenta por economía naranja de 7 a 5 años y se elimina el requisito de generación de inversión.


9. Procedimiento tributario


• Obligaciones tributarias en mora: las obligaciones tributarias cuya exigibilidad se haya materializado durante la vigencia de la emergencia sanitaria, que se paguen o sobre las cuales se realice acuerdo de pago hasta el 31 de diciembre de 2021, podrán ser objeto de los beneficios de reducción de las sanciones del 20% del monto previsto por la ley y, para la tasa de interés moratoria, una disminución al 20% de la tasa de interés bancario corriente.


• Se establecieron los mecanismos de conciliación y terminación por mutuo acuerdo para terminar de manera anticipada los litigios tributarios en sede judicial o administrativa, respectivamente.


• Se permitió aplicar a la DIAN el principio de favorabilidad dentro de los procesos de cobro, a solicitud del contribuyente y, se determinaron los requisitos para su implementación.


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